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Modelo de contrato de trabajo en Paraguay

Por el Equipo de trabajo.com.py · Actualizado el

Un contrato individual de trabajo claro evita la mayoría de los conflictos laborales. Acá tenés un modelo de contrato de trabajo en Word, gratis y listo para adaptar, y una explicación de qué tiene que incluir según el Código del Trabajo (Ley N.º 213/93).

Modelo de contrato individual de trabajo

Diez cláusulas: cargo, lugar, duración, período de prueba, jornada, salario, IPS, aguinaldo y vacaciones, obligaciones y terminación. Completá lo que está [entre corchetes].

Descargar modelo en Word (.docx)

Qué debe incluir un contrato de trabajo

  • Datos de las partes: razón social, RUC y domicilio del empleador; nombre, cédula y domicilio del trabajador.
  • Cargo y tareas que va a realizar.
  • Lugar de trabajo (o teletrabajo, si corresponde).
  • Duración y fecha de inicio.
  • Período de prueba, si se pacta.
  • Jornada y horario.
  • Salario, forma y fecha de pago.
  • Firmas de ambas partes, en dos ejemplares.

Tipos de contrato de trabajo

  • Por tiempo indefinido: el más común; no tiene fecha de finalización.
  • Por plazo determinado: con fecha de inicio y de fin, para necesidades temporales.
  • Por obra o servicio determinado: termina al concluir la obra o el servicio pactado.
  • Teletrabajo: cualquiera de los anteriores, en modalidad remota, regulado por la Ley N.º 6738/2021.

La jornada puede ser completa o a tiempo parcial; en ambos casos rigen los mismos derechos, en proporción a las horas.

Período de prueba

El período de prueba permite a las dos partes evaluar la relación. Según el artículo 58 del Código del Trabajo, dura como máximo 30 días para trabajadores no calificados y personal doméstico, y 60 días para trabajadores calificados o aprendices. Es remunerado, y si al terminar ninguna de las partes expresa su voluntad de terminar, el contrato sigue vigente.

Salario, jornada y beneficios de ley

El salario no puede ser inferior al salario mínimo vigente (Gs. 3.044.000 desde julio de 2026) para jornada completa. La jornada ordinaria diurna es de hasta 8 horas diarias o 48 semanales, y las horas extra se pagan con recargo. Además, corresponden el aguinaldo y las vacaciones anuales remuneradas, y al terminar la relación rigen las reglas de preaviso e indemnización.

Inscripción en IPS y MTESS

Desde el primer día, el empleador tiene que inscribir al trabajador en el Instituto de Previsión Social (IPS), retener el 9 % del salario y aportar el 16,5 % a su cargo, y cumplir con el registro obrero-patronal ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS).

Texto del modelo de contrato de trabajo

Este es el contenido del modelo en Word, para que lo revises antes de descargarlo:

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO

En la ciudad de [Ciudad], a los [día] días del mes de [mes] de [año], entre [Razón social], RUC N.º [ ], con domicilio en [ ], representada por [ ], en adelante EL EMPLEADOR; y [Nombre y apellido], C.I. N.º [ ], domiciliado/a en [ ], en adelante EL TRABAJADOR, se celebra el presente contrato individual de trabajo, regido por el Código del Trabajo (Ley N.º 213/93) y las siguientes cláusulas:

PRIMERA. Cargo y tareas. EL TRABAJADOR prestará servicios como [cargo], realizando [tareas].

SEGUNDA. Lugar de trabajo. [Dirección] [o teletrabajo, Ley N.º 6738/2021].

TERCERA. Duración. Por tiempo indefinido [o plazo / obra determinada], desde el [fecha].

CUARTA. Período de prueba. [30 / 60] días, conforme al art. 58 del Código del Trabajo.

QUINTA. Jornada y horario. [ ] horas diarias, de [día] a [día], de [hora] a [hora].

SEXTA. Remuneración. Gs. [monto] mensuales, pagaderos [forma], no inferior al mínimo legal.

SÉPTIMA. Seguridad social. Inscripción en el IPS desde el inicio y aportes de ley.

OCTAVA. Aguinaldo y vacaciones. Conforme al Código del Trabajo.

NOVENA. Obligaciones. Las del Código del Trabajo y el reglamento interno.

DÉCIMA. Terminación. Según el Código del Trabajo (preaviso, indemnización y causas justificadas).

Se firman dos ejemplares de un mismo tenor, en el lugar y la fecha indicados.

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Preguntas frecuentes

¿El contrato de trabajo tiene que ser por escrito?

La ley admite el contrato verbal en algunos casos, pero lo recomendable siempre es hacerlo por escrito, en dos ejemplares firmados: protege a las dos partes y deja claros el cargo, el horario y el salario.

¿Cuánto dura el período de prueba?

Hasta 30 días para trabajadores no calificados y personal doméstico, y hasta 60 días para trabajadores calificados o aprendices (art. 58 del Código del Trabajo). Para puestos técnicos muy especializados, las partes pueden acordar otro plazo.

¿Hay que inscribir al trabajador en el IPS?

Sí, desde el inicio de la relación laboral. El empleador aporta el 16,5 % y retiene el 9 % del salario del trabajador. También corresponde el registro obrero-patronal ante el Ministerio de Trabajo (MTESS).

Fuente: Código del Trabajo (Ley N.º 213/93); Ley N.º 6738/2021 de teletrabajo; salario mínimo según Decreto N.º 6225/2026.

Modelo orientativo: adaptalo a cada caso y, ante dudas, consultá a un profesional.

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